COVID-19 y modelos normativos de decisión en contextos públicos

 



Texto de: Rosana Triviño Caballero (UAH), en colaboración con Isabel Roldán (USAL) y la Red ESPACyOS*



El fundamento para la toma de decisiones en el ámbito público es una preocupación clásica y central para la ética y la filosofía política. A raíz de la gestión de la COVID-19, esta preocupación ha excedido el entorno académico hasta alcanzar una relevancia notoria en el contexto social, político y mediático. Como ejemplo paradigmático, el establecimiento de criterios para la distribución de recursos sanitarios escasos se ha convertido en un tema de interés para la discusión pública. Determinados estándares de decisión, especialmente aquellos vinculados a criterios utilitaristas, han generado división de opiniones e incluso cierta alarma social, en la medida en que han afectado a colectivos en situación de vulnerabilidad, como personas ancianas o con discapacidad.


Esta imagen todavía reciente de la pandemia muestra la vigencia del debate acerca del núcleo normativo que debería guiar la toma de decisiones, quiénes deberían ser los agentes implicados y cuál es el procedimiento que habría de seguirse.


Desde posiciones utilitaristas, el deseo (la preferencia) de los seres humanos por la felicidad justifica la conexión de esta con la idea de bien. Decía Jeremy Bentham que “la naturaleza ha situado al género humano bajo el gobierno de dos maestros soberanos, el dolor y el placer”, de manera que individuos y sociedades deberían estar esencialmente guiados por decisiones que alejen el sufrimiento y procuren el máximo bienestar para la mayor cantidad de personas posible. Este tipo de propuesta puede llegar a implicar el sacrificio de unos pocos por el bienestar de los muchos o de aquellas personas que no estén en condiciones de optimizar un bien del que otras podrían beneficiarse más y/o durante más tiempo. En circunstancias de restricción de recursos como la generada por la COVID-19, el criterio utilitarista ha sido el más comúnmente aplicado en el contexto sociosanitario. Ciertamente, se trata de un marco normativo que no es ajeno a la distribución de bienes en el ámbito público en general y sanitario en particular, incluso en escenarios que no implican “decisiones trágicas” como las planteadas por la pandemia. La optimización de recursos es un principio rector en las políticas públicas e inherente a los sistemas de salud, en su aspiración de atender de la manera más eficiente las necesidades de la ciudadanía.


Frente a planteamiento anterior, una perspectiva deontológica reivindica que la toma de decisiones debería estar guiada por la consideración kantiana de que los seres humanos han de ser tratados como fines en sí mismos, nunca como meros medios, en tanto que están dotados de dignidad. Al aplicar la utilidad como criterio normativo fundamental, el utilitarismo prima el bien de la colectividad, entendida como una agregación de sujetos, frente a la individualidad de cada persona. Este juicio sobre la falta de consideración individual atraviesa toda la crítica contemporánea sobre derechos y bienestar, que alerta sobre la posible vulneración de los derechos individuales (Rawls, Dworkin, Williams, Foot, McIntyre, Rachels). De este tipo de planteamiento se han hecho eco instituciones como el Comité de Bioética de España, que, en respuesta a las Recomendaciones de la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC), apelaba al pleno respeto a la dignidad de la persona, la equidad y la protección de la vulnerabilidad como criterios básicos de cualquier decisión. De manera directa, el Comité señalaba que: “El enfoque utilitarista cae en la falacia de la ausencia de separabilidad moral de las personas, es decir, asume que el valor moral de las personas es intercambiable: la salud que unos ganan compensa a la que otros pierden siempre que el resultado sea una suma positiva. El enfoque utilitarista ignora el imperativo categórico kantiano, que ha conformado el concepto universal y secularizado de dignidad humana, y que prohíbe utilizar a las personas exclusivamente como medios para los fines de otros. La compensación interpersonal de las vidas humanas entre sí con el fin de maximizar unos presuntos beneficios colectivos es incompatible con la primacía de la dignidad humana. Y precisamente por ello, en una comunidad basada en el imperio de la ley, los derechos individuales no pueden quedar subordinados al objetivo de una agregación orientada hacia la maximización de los beneficios colectivos” (p. 7-8). En esta misma línea, el Comité denunciaba que alguno de los criterios aplicados por la SEMICyUC en relación con la discapacidad y las medidas de ventilación mecánica invasiva, atentaba contra la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España.


Las propuestas utilitarista y deontológica, aplicadas aquí a la toma de decisiones en condiciones de pandemia, articulan un núcleo normativo básico en torno al que se han ido añadiendo matices, construyendo versiones y sumando terceras vías que enriquecen la reflexión. Para su aplicación práctica en el contexto público, se ofrecen diferentes alternativas acerca de cómo y quiénes deberían formar parte de la toma de decisiones.


Las teorías normativas que rigen las sociedades democráticas plantean diferentes modelos de participación en la toma de decisiones. Desde aquellas que conceden la máxima relevancia a la representatividad (Schumpeter, Down, Kornhauser), de modo tal que el papel de la ciudadanía se limita a la delegación de su confianza en quienes consideran mejores decisores, a otros planteamientos (Habermas, Cohen, Guttman) en los que la legitimación de las elecciones reside en el procedimiento deliberativo mediado por el diálogo e intercambio de razones. Tanto en los procedimientos de representatividad como en los de deliberación, pasando por propuestas más orientadas a la epistocracia, el grado de participación de los agentes implicados en la toma de decisiones varía. Así, personajes políticos y mediáticos, expertos y actores sociales, élites y pueblo llano, mayorías y minorías, integran un escenario en el que el reparto de papeles es tan variable como la interacción que se pueda producir entre ellos. Autoras como Fraser, Young o Benhabib han mostrado cómo esta interacción revela relaciones de poder que condicionan el reconocimiento de aquellos discursos emanados de agentes marginales en la esfera pública por razones de género, edad, etnia, posición socioeconómica, etc. En relación con la COVID-19, surge de nuevo la pregunta sobre el lugar que ocupan y/o deberían ocupar gestores, expertos y ciudadanía. En la medida en que la toma de decisiones (a) no se rige estrictamente por criterios clínicos y epidemiológicos, sino también por valores socialmente compartidos; y (b) el impacto de la crisis sociosanitaria no es, ni mucho menos, el mismo para todo el mundo, la legitimidad de las decisiones residirá en su carácter genuinamente democrático, entendiendo como tal la participación e interacción entre agentes diversos cuya voz sea escuchada en condiciones de igualdad.


La no tan nueva realidad a la que nos enfrenta la pandemia nos ofrece un campo de investigación amplio para analizar los modelos normativos en relación con el espacio público, mostrando, una vez más, cómo la complementariedad entre teoría y praxis contribuye al florecimiento de nuevas reflexiones.


*La Red ESPACyOS (Ética Salubrista para la Acción, Cuidado y Observación Social) está compuesta por Txetxu Ausín (IFS, CSIC), Maite Cruz (EASP), Janet Delgado (ULL), Joaquín Hortal (SAS), Mª Teresa López de la Vieja (USAL), Ester Massó (UGR), Miguel Melguizo (SAS), Javier Padilla (SERMAS), Àngel Puyol (UAB), Ivar R. Hannikainen (UGR), David Rodríguez-Arias (UGR), Jon Rueda (UGR), Maribel Tamayo (EASP).


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